DOCUMENTOS

Documento de Intercambio Docente Estudiantil

MARCO DE REFERENCIA

En el acta de la XIII Reunión del Consejo de Decanos y Directores de Facultades y Escuelas de Arquitectura del ARQUISUR, punto 2, deja de manifiesto lo siguiente:
“ En relación al nuevo escenario creado por la firma del Protocolo de Montevideo en diciembre de 1997, por los representantes de los países miembros del, Mercosur, y teniendo en cuenta la recomendación de Secretaría ejecutiva de avanzar en la substanciación de un documento marco sobre el tema de Integración curricular de las Facultades miembros de la asociación, este consejo de Decanos resolvió la instrumentación de un acuerdo marco de carácter Político Institucional que permita la puesta en marcha de un PROGRAMA de Intercambio Docente – Estudiantil cuyo objetivo es la acreditación de las currículas de grado entre las facultades de arquitectura miembros del ARQUISUR formalizado en base a los siguientes ítems:
PROGRAMA de Intercambio Docente - Estudiantil.

a) El PROGRAMA está dirigido a los estudiantes y docentes de las carreras y cursos de grado de Arquitectura de las Facultades del Arquisur.

b) Los estudiantes participantes de este programa podrán ser los que tengan aprobado como mínimo el 20% de su carrera.

c) Las Facultades, Escuelas y Cursos que integran el PROGRAMA suscribirán un acuerdo de reciprocidad que comprometa la recepción de alumnos del PROGRAMA y recíprocamente la acreditación académica de las materias aprobadas en el marco del PROGRAMA en otra Universidad.

d) Las materias incluidas en el PROGRAMA, tendrán la duración de un semestre académico, o de un curso intensivo. La duración máxima será de un año.

e) El ARQUISUR difundirá un catalogo de docentes, áreas y materias que se proponen al sistema de intercambio.

f) El acuerdo de reciprocidad contemplará pautas de contrato, duración de los cursos y acreditación académica de los cursos dictados.

g) Las facultades y Escuelas que adhieran al PROGRAMA propondrán los términos de cobertura de la infraestructura del mismo: pasajes, traslados, alojamiento y manutención, seguro, etc.

h) Las actividades especialmente organizadas por las Escuelas, Facultades, y Cursos integrantes del ARQUISUR para atender a los objetivos previstos tendrán tratamiento preferencial en o que respecta a la acreditación y destinación de recursos de apoyo.

i) Las distintas Escuelas, Facultades y Cursos integrantes de ARQUISUR podrán a su criterio establecer entre sí convenios bi- plurilaterales y dictar normas particulares de acuerdo a las condiciones generales de este PROGRAMA.

CONVENIO DE RECIPROCIDAD ACADÉMICO INSTITUCIONAL

En concordancia con lo resuelto por el Consejo de Decanos y Directores de Facultades y Escuelas de Arquitectura, en la XIII Reunión de ARQUISUR, respecto la instrumentación de un Acuerdo Político Institucional para la puesta en marcha de un “PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIANTES”, las instituciones miembros de ARQUISUR consignadas al pie, y en la intención de promover la integración entre las mismas, acuerdan por medio de la presente un CONVENIO DE RECIPROCIDAD ACADEMICO INSTITUCIONAL mediante el cual se comprometen a la recepción de los alumnos dentro del “PROGRAMA DE INTERCAMBIO DE ESTUDIAMTES DE ARQUISUR”, DENOMINADO DE AQUÍ EN MAS EL “PROGRAMA” y recíprocamente a la acreditación de las materias aprobadas en los términos y condiciones consignadas seguidamente:

1. - TRAMITACION PARA LA EJECUCION DEL INTERCAMBIO:
Sobre la base del presente CONVENIO DE RECIPROCIDAD ACADEMICO INSTITUCIONAL, y lo reglamentado mediante este, las instituciones que ejecuten el “PROGRAMA” suscribirán previamente a su perpetración un ACUERDO en el que se comprometerán las condiciones particulares del intercambio que da origen al mismo.


2. - BENEFICIARIOS:
Tendrán acceso al “PROGRAMA” los alumnos matriculados en la Instituciones Miembros de ARQUISUR.


3. - CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA:
a) Los estudiantes de las dos Universidades que pongan en práctica el “PROGRAMA”. se matricularán en su Universidad de origen, pero gozarán de todos los privilegios acordados a los estudiantes de la Universidad anfitriona, como también estarán sujetos a todas las obligaciones que la misma determine.

b) Las asignaturas elegidas para ser cursadas por los estudiantes deben contar con la aprobación del representante habilitado por la institución de origen, quien tomara recaudos correspondientes a fin de obtener la convalidación y equivalencia de las mismas. Tanto en términos de correspondencia entre materias análogas como de opción de materias electivas.

c) El período de permanencia del alumno no podrá ser superior ni inferior al previsto en el “PROGRAMA”.

d) En caso de intención de cancelación del “PROGRAMA” por alguna de las partes, esta deberá hacerlo con una antelación de por lo menos de un semestre.

e) La institución anfitriona informará con antelación a la presentación de candidaturas las subvenciones y beneficios que podrán usufructuar los alumnos visitantes.

f) Los estudiantes participantes de este “PROGRAMA” deberán tener aprobado como mínimo el 20% de la carrera.

g) Se reconocerá al Consejo de Decanos como instancia de resolución de lo que no esté expresamente previsto en el “PROGRAMA”.


4. - PUBLICIDAD.
A efectos de publicitar el “PROGRAMA” y la oferta que se propone al Sistema de Intercambios, ARQUISUR difundirá entre las Instituciones miembros un Catálogo de Areas de Materias con sus correspondientes Programas y Responsables.


5. - DURACION:
El “PROGRAMA” estará abierto para el cursado de materias que tendrán la duración de un semestre, o como máximo un año académico.


6. - ARANCELES:
Los estudiantes participantes del “PROGRAMA” quedaran exceptuados del pago de aranceles, matrículas o mensualidades estudiantiles en la Universidad anfitriona.


7. - COORDINACION DEL PROGRAMA:
Cada Institución adherente al “PROGRAMA” designará un Coordinador del mismo quién se encargara de asegurar que los términos del intercambio se cumplan satisfactoriamente.


8. - DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE CADA INSTITUCION:
a) La selección de alumnos participantes del “PROGRAMA” será efectuado por la institución de origen, de acuerdo a sus propias normas y privilegiando el rendimiento académico de los postulantes.

b) La Institución anfitriona expedirá los certificados de asistencia y aprobación de los cursos, acorde a las normas de esa Universidad, haciendo expresa mención del “PROGRAMA” bajo el cual se realizó.

c) Las Instituciones de origen serán responsables de que los alumnos seleccionados para el intercambio viajen contando con una cobertura medica internacional, o local del país anfitrión.

d) Las Instituciones participantes del Programa tendrán derecho de excluir al estudiante que participa, por incumplimiento de lo pactado en el Convenio respectivo, o por comportamiento que viole los Reglamentos d la Universidad anfitriona. Debiendo comunicar causales, previamente a la exclusión, a la Universidad de origen.


9. - ASISTENCIA A LOS ESTUDIANTES VISITANTES:
Cada Institución acuerda aceptar a los estudiantes visitantes dentro de lo formulado en el “PROGRAMA” y a:

a) Garantizar el acceso de los mismos a las residencias universitarias si las hubiera, u orientarlos para encontrar alojamiento; sin que esta asistencia suponga asistencia financiera de ningún tipo.

b) Proveer a los estudiantes visitantes un espacio adecuado para estudiar, comparable al espacio proporcionado a sus propios estudiantes.

c) Conceder a los participantes el acceso a los comedores universitarios, si los hubiere.

d) Facilitar al estudiante visitante un medio de comunicación permanente con la persona responsable del “PROGRAMA”, el cual tendrá la obligación de comunicar de inmediato a la Institución de origen, ante cualquier problema sufrido por el alumno.


10. - NUMERO DE ALUMNOS PARA EL INTERCAMBIO:
El número de estudiantes para el intercambio será acordado de común acuerdo por las dos Instituciones que se relacionen, intentando mantener un equilibrio de dicha cantidad.

ARQUISUR - Asociación de Facultades y Escuelas de Arquitectura del Mercosur
Secretaría Permanente: Facultad de Arquitectura - Universidad de la República - Uruguay

arquisur@farq.edu.uy